Obligación de declarar en situaciones especiales: derogación del RDL 9/2024

La derogación del RDL 9/2024 el 22 de enero de 2025 ha generado numerosas dudas acerca de la aplicación de determinadas medidas fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Pese a que la atención mediática se centró sobre todo en el régimen de módulos, hay otros aspectos muy relevantes que afectan a la obligación de declarar, así como a ciertas deducciones en obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas, o las vinculadas a la adquisición de vehículos eléctricos y a la instalación de puntos de recarga.

La Dirección General de Tributos (DGT) emitió recientemente una nota interpretativa para aclarar estos aspectos. Según indica, las disposiciones que inicialmente contemplaba el RDL 9/2024 se aplicarán de manera muy limitada, concretamente para los devengos que tuvieron lugar entre el 1 y el 22 de enero de 2025. A partir del 23 de enero de 2025, dichas medidas dejaron de tener vigencia.

En este artículo, profundizaremos en los detalles de estas aclaraciones, revisaremos las condiciones especiales de la obligación de declarar, explicaremos qué ocurre con las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética y con las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos. Además, abordaremos la importancia de consultar con profesionales especializados en materia tributaria para evitar posibles errores o sanciones.

Efectos de la derogación del RDL 9/2024 en el IRPF

La suspensión del Real Decreto-ley 9/2024 por parte del Congreso ha dejado en el aire una serie de medidas que, de haberse mantenido, habrían supuesto cambios significativos en la declaración de la renta para 2025. Sin embargo, la Agencia Tributaria, de acuerdo con la DGT, ha puntualizado que aquellas disposiciones relacionadas con la ampliación del umbral para la obligación de declarar, así como las deducciones por obras de eficiencia energética y por vehículos eléctricos, se consideran aplicables únicamente hasta el 22 de enero de 2025.

A pesar de esta limitación temporal tan breve, es importante que las personas que hayan realizado operaciones o cumplido con ciertos requisitos dentro de ese lapso conozcan sus derechos y obligaciones. De igual forma, quienes estén planificando acciones de cara a la declaración de la renta de 2025 deben tener en cuenta la no convalidación de estas medidas a partir del 23 de enero.

Principales cambios y aclaraciones en el IRPF 2025

Obligatoriedad de declarar en situaciones especiales

Uno de los puntos más destacados es el aumento del umbral para la obligación de declarar cuando existen dos o más pagadores. Según la normativa contenida en el RDL 9/2024, este umbral pasaba de los 1.500 euros a los 2.500 euros. Sin embargo, tras la derogación, la ampliación es válida únicamente para rendimientos de trabajo devengados del 1 al 22 de enero de 2025. Esto significa que cualquier ingreso proveniente de un segundo o ulterior pagador que supere los 1.500 euros, pero no alcance los 2.500 euros, solo quedaría exento de generar la obligación de presentar la declaración si se produjo en ese corto periodo.

En la práctica, esta circunstancia puede complicar la preparación de la declaración de la renta de 2025, pues habrá que diferenciar qué parte de los rendimientos se generó antes o después del 22 de enero. Por este motivo, es recomendable mantener un registro exhaustivo de los pagos y consultar con profesionales si no existe claridad sobre la forma de aplicar esta norma.

Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética

La reforma introducida por el RDL 9/2024 buscaba fomentar la rehabilitación y renovación de viviendas para reducir el consumo energético, con beneficios fiscales más amplios y prolongados en el tiempo. Sin embargo, al quedar derogado el texto, la ampliación del plazo para aplicar las deducciones por obras de mejora energética únicamente se considera válida si las intervenciones se realizaron o pagaron hasta el 22 de enero de 2025.

Estas deducciones están orientadas a:

  • Mejoras en la envolvente térmica de la vivienda habitual o la destinada al alquiler.

  • Sustitución de sistemas de calefacción y climatización por otros más eficientes.

  • Instalación de sistemas de energía renovable, como paneles solares.

En cualquier caso, la Agencia Tributaria ha advertido que, para beneficiarse de estas deducciones, se debe cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente anterior a la derogación. Por ello, se insta a los contribuyentes a conservar facturas, certificaciones energéticas y cualquier comprobante que acredite la efectividad de dichas mejoras durante el periodo indicado.

Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga

La compra de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como la instalación de puntos de recarga, también se vio afectada por la derogación. Inicialmente, el RDL 9/2024 pretendía prolongar la deducción fiscal para este tipo de adquisiciones, con el objetivo de impulsar la movilidad sostenible y la transición hacia energías limpias.

No obstante, al igual que en los casos anteriores, esta deducción solo será aplicable a inversiones realizadas entre el 1 y el 22 de enero de 2025. A partir del 23 de enero, deja de tener validez, por lo que no se podrán aplicar los beneficios fiscales correspondientes si la compra o la instalación se efectúan tras esa fecha.

Es fundamental que quienes hayan adquirido un vehículo eléctrico o hayan instalado un punto de recarga con la expectativa de obtener una deducción fiscal verifiquen la fecha exacta de la factura o del contrato de compraventa y conserven toda la documentación necesaria para demostrar que la operación se produjo dentro del plazo de vigencia.

Recomendaciones para los contribuyentes

Ante un panorama tan cambiante, la principal recomendación es contar con el asesoramiento de un despacho profesional especializado en materia fiscal y contable. Esta clase de modificaciones legislativas puede generar confusión, especialmente cuando se retrotraen o anulan medidas que ya habían entrado en vigor, aunque fuera de forma temporal.

  • Mantener un registro detallado: Para evitar errores en la declaración del IRPF, conviene llevar un control minucioso de todos los pagos y cobros, así como de la documentación de obras y compras relacionadas con eficiencia energética o vehículos eléctricos.
  • Atender a la fecha de devengo: Dado que las deducciones y obligaciones se restringen a un periodo muy concreto (1-22 de enero de 2025), es crucial verificar si los hechos imponibles se produjeron antes o después del 22 de enero.
  • Consultar las publicaciones oficiales: Las notas aclaratorias de la Dirección General de Tributos y las resoluciones publicadas en el BOE son la fuente principal de información para conocer las últimas novedades y los criterios interpretativos.
  • Buscar asesoría experta: Un profesional podrá analizar el caso particular de cada contribuyente para saber si tiene derecho a deducciones, si debe presentar la declaración o si resulta más conveniente acogerse a determinados regímenes fiscales.

La derogación del RDL 9/2024 ha suscitado una gran cantidad de incógnitas en torno al IRPF para 2025. Si bien los contribuyentes pudieron acogerse a algunos beneficios fiscales (como la ampliación del umbral para la obligación de declarar, o las deducciones por obras de eficiencia energética y por adquisición de vehículos eléctricos) durante un periodo muy concreto, estos dejaron de aplicarse a partir del 23 de enero de 2025.

Este escenario obliga a quienes hayan realizado operaciones o recibido pagos dentro de ese breve lapso a prestar especial atención a las fechas, conservar la documentación pertinente y, sobre todo, informarse correctamente acerca de cómo incluir estas novedades en la declaración de la renta de 2025. Dado que los cambios legislativos pueden volverse complejos y generar confusiones, es altamente recomendable contar con el respaldo de profesionales que ofrezcan un asesoramiento actualizado y riguroso.

La colaboración con despachos especializados permite garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, optimizar las deducciones y evitar posibles conflictos con la Agencia Tributaria. Desde un punto de vista preventivo, la planificación fiscal es una herramienta fundamental para que los contribuyentes puedan anticiparse a reformas futuras y tomar decisiones financieras acertadas, sobre todo en un entorno normativo tan cambiante.