Los pagos con Bizum, tarjetas y demás tendrán más control desde 2026. La Agencia Tributaria ha dado un paso más en su estrategia para combatir el fraude fiscal, incrementando el control sobre operaciones financieras electrónicas mediante el Real Decreto 253/2025. Esta normativa, que entra en vigor el 1 de enero de 2026, introduce cambios importantes en la manera en que bancos, plataformas de pago y usuarios deberán informar a Hacienda.
¿Qué cambios introduce el Real Decreto 253/2025?
Mayor frecuencia en la información de cuentas bancarias (Artículo 37 RGAT)
Anteriormente, las entidades financieras debían informar anualmente sobre las cuentas bancarias y de pago. Ahora, esta obligación será mensual, incrementando considerablemente el nivel de detalle requerido:
- Identificación completa de titulares, incluidos beneficiarios reales.
- Información sobre saldos, ingresos, retiradas y todos los movimientos.
Control extendido sobre movimientos de efectivo y préstamos (Artículo 38 RGAT)
La Agencia Tributaria mantiene la obligación de informar sobre préstamos, créditos y movimientos en metálico superiores a 3.000 euros, pero extiende esta obligación a las entidades de pago y dinero electrónico, ampliando así la vigilancia sobre las transacciones en efectivo.
Obligación de declarar cobros con tarjetas y sistemas móviles como Bizum (Artículo 38 bis RGAT)
Una de las novedades más destacadas es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros para informar sobre cobros realizados mediante tarjetas físicas, virtuales o apps de pago como Bizum. Esta información deberá presentarse mensualmente, con datos específicos sobre:
- Importe total cobrado.
- Identificación de terminales utilizados.
- Cuentas bancarias vinculadas a estos cobros.
Nueva obligación anual para emisores de tarjetas (Artículo 38 ter RGAT)
Este nuevo artículo establece una obligación adicional para emisores de tarjetas de crédito, débito, prepago y virtuales, que deberán presentar informes anuales detallados, salvo que el uso total anual de cada tarjeta no supere los 25.000 euros. La información incluirá:
- Contratos firmados con los usuarios.
- Datos identificativos de titulares y autorizados.
- Movimientos económicos realizados con cada tarjeta.
¿Quiénes están obligados a cumplir con estas nuevas normas?
Estas medidas afectan directamente a:
- Entidades bancarias y financieras.
- Plataformas de dinero electrónico como Revolut, N26 o Wise.
- Emisores de tarjetas de cualquier tipo.
- Plataformas tecnológicas de pagos móviles como Bizum.
- Empresas y autónomos que utilicen terminales de cobro (TPV).
- Entidades extranjeras sin sede física en España que presten servicios a residentes españoles.
Impacto en empresas y profesionales
La entrada en vigor de estos cambios exige a empresas y autónomos una revisión exhaustiva y urgente de sus sistemas contables y tecnológicos. La correcta adaptación previa a enero de 2026 evitará sanciones y facilitará el cumplimiento normativo. Es recomendable:
- Evaluar y actualizar los sistemas de contabilidad digital.
- Garantizar la trazabilidad completa de todas las operaciones de cobro y pago.
- Formar adecuadamente al personal administrativo y financiero en estas nuevas obligaciones.
Consecuencias del incumplimiento
La Agencia Tributaria reforzará su vigilancia sobre estos medios electrónicos de pago, y cualquier incumplimiento o retraso en las declaraciones puede dar lugar a sanciones significativas. La transparencia en las operaciones financieras es ahora más importante que nunca.
¿Qué pasos debe seguir tu empresa desde ya?
Para adaptarse correctamente, es recomendable comenzar cuanto antes con los siguientes pasos:
- Realizar una auditoría interna para identificar qué procesos deben ajustarse.
- Implementar soluciones tecnológicas para automatizar y simplificar las declaraciones mensuales y anuales.
- Consultar con expertos fiscales para asegurar que todas las obligaciones se cumplen adecuadamente.
En Agustí & Asociados contamos con un equipo especializado en asesoría fiscal y tributaria, que puede ayudarte a entender y cumplir con estos nuevos requisitos de la Agencia Tributaria. Nuestra recomendación es clara: anticiparse es clave para cumplir y evitar problemas futuros.
Si tienes dudas sobre cómo afecta específicamente a tu empresa o necesitas ayuda para implementar estos cambios, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.






