El contrato de prácticas desempeñan un papel muy importante en la formación y desarrollo de futuros profesionales. Además, ofrecen a estudiantes y recién graduados una oportunidad única de aplicar su conocimiento en entornos laborales reales.
Ahora, con el nuevo RD Ley 5/2023, de 28 de junio, todas las empresas deberán incluir en el sistema de Seguridad Social a los alumnos que realicen prácticas formativas y académicas incluidas en programas de formación.
¿Qué es un contrato de prácticas?
Los contratos de prácticas son aquellos que permiten a estudiantes o personas recién tituladas acceder al mercado laboral. Gracias a ello llevarán a cabo funciones relacionadas con los estudios que están cursando.
Requisitos del contrato de prácticas
Por un lado, el trabajador necesita estar en posesión de un título de formación para poder beneficiarse de un contrato de prácticas.
Además, no pueden haber pasado más de 3 años desde que obtuvo el título hasta que se ha celebrado el contrato de prácticas.
Características del contrato de prácticas
Al igual que el resto de contratos, los contratos de prácticas deben formalizarse por escrito. Asimismo, deben contener la titulación del empleado, el puesto de trabajo que se va a ocupar, la duración del contrato y la remuneración, si hubiera.
Además, el contrato de prácticas cuenta con las siguientes características:
- Duración de entre 3 meses y 1 año, no pudiendo variar en ninguna circunstancia.
- El periodo de prueba no puede ser superior a 1 mes, excepto si así lo indica el convenio colectivo de la empresa.
- Cuando el contrato de prácticas finalice, el empleado tiene derecho a obtener una certificación.
¿Qué diferencias hay entre el contrato de prácticas y el convenio de prácticas?
Aunque pueden parecer términos similares, hay algunas diferencias entre un contrato de prácticas y un convenio de prácticas.
La principal es que el contrato de prácticas es un contrato laboral para titulados, mientras que el convenio de prácticas se firma con estudiantes y no conlleva ninguna relación contractual laboral.
En cuanto al convenio de prácticas, pueden ser curriculares y extracurriculares.
- Convenio de prácticas curriculares: forman parte del programa de estudios, y son obligatorias para los estudiantes.
- Convenio de prácticas extracurriculares: no forman parte del plan de estudios, pero los estudiantes las pueden hacer para adquirir experiencia.
Por último, es importante saber que, mientras el contrato de prácticas se firma entre el titulado y la empresa, en la firma del convenio de prácticas debe intervenir también el centro de estudios.
¿Qué novedades entrarán en vigor en materia de contrato de prácticas?
Como hemos dicho, el RD Ley 5/2023, de 28 de junio, incluye novedades en esta materia, siendo la principal la obligatoriedad para las empresas en dar de alta en Seguridad Social a todos los becarios.
Así, todos los becarios en prácticas cotizarán a partir del día 1 de enero de 2024, independientemente de si éstas son remuneradas o no. El principal cambio es que hasta ahora solo los beneficiarios de prácticas remuneradas cotizaban a la Seguridad Social, en concepto de contingencias comunes y contingencias profesionales.
¿Qué obligación tengo como empresa?
Como empresa, solo tendrás obligación de comunicar el alta y la baja en la Seguridad Social del estudiante que realice prácticas formativas no remuneradas.
En el caso de las prácticas formativas remuneradas, será la entidad que financie el programa de formación la encargada de hacerse cargo de las obligaciones en materia de Seguridad Social.
Además, habrá un 95% de deducción en las cuotas por contingencias comunes. Así, será el Estado quien se haga cargo de la práctica totalidad de las cuantías a aportar a la Seguridad Social de los trabajadores beneficiarios de contratos de prácticas.
Ahora que conoces esta importante novedad en materia de Seguridad Social, no dudes en contactarnos si necesitas más información.