Nuevas Bases de Cotización 2025: todo lo que empresas y autónomos deben saber

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, que establece las nuevas bases de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025. Esta normativa, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, introduce cambios clave que afectan a empresas, trabajadores y autónomos.

Principales Cambios en la Cotización a la Seguridad Social en 2025

Bases de Cotización en el Régimen General

A partir del 1 de enero de 2025, los nuevos topes de cotización son los siguientes:

  • Base máxima de cotización: 4.909,50 euros/mes.
  • Base mínima de cotización: equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, incrementado en un sexto, estableciéndose en 1.381,20 euros/mes.

Bases de Cotización por Categoría Profesional

Grupo de Cotización Categoría Profesional Base Mínima (€/mes) Base Máxima (€/mes)
1 Ingenieros y Licenciados, Alta Dirección 1.929,00 4.909,50
2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 1.599,60 4.909,50
3 Jefes Administrativos y de Taller 1.391,70 4.909,50
4-11 Demás Categorías 1.381,20 4.909,50

Para los trabajadores que cotizan por jornada diaria, las bases oscilan entre 46,04 € y 163,65 € por día según la categoría profesional.

Tipos de Cotización en el Régimen General

Los tipos de cotización se mantienen con algunos ajustes:

  • Contingencias comunes: 28,30% (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% del trabajador).
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: a cargo exclusivo de la empresa según tarifas establecidas.
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): Aumenta hasta el 0,80% (0,67% empresa + 0,13% trabajador).
  • Cotización adicional de solidaridad para rentas superiores al tope máximo:
    • 0,92% para salarios entre 4.909,51 € y 5.400,45 €.
    • 1% entre 5.400,46 € y 7.364,25 €.
    • 1,17% para salarios superiores a 7.364,25 €.

Cotización en el Régimen de Autónomos (RETA)

Bases de Cotización para Autónomos

La bases de cotización de los autónomos siguen vinculadas a sus rendimientos netos. Se establecen los siguientes cambios:

  • Base máxima: 4.909,50 €/mes.
  • Periodo de adaptación: hasta el 31 de marzo de 2025, los autónomos que en 2024 cotizaban en los tramos 11 y 12 pueden solicitar una nueva base entre 4.720,50 € y 4.909,50 €.

Cotización en contratos de duración determinada

Recargos y cuotas en contratos temporales

  • Recargo por contratos de menos de 30 días: se aplica un recargo de 32,60 €, a cargo del empresario, al finalizar el contrato.
  • Contratos formativos y en alternancia:
    • Cuota única mensual de 67,13 € para contingencias comunes.
    • Cuota única mensual de 7,71 € para contingencias profesionales.

Bases de Cotización en Regímenes Especiales

Cotización en Trabajadores Agrarios, Artistas y Taurinos

Régimen Especial Base Mínima (€/mes) Base Máxima (€/mes)
Trabajadores Agrarios 1.381,20 4.909,50
Artistas y Taurinos Desde 327 €/día hasta 653,10 €/día, según ingresos

Plazos y Regularización de Cuotas

Ajustes en la liquidación de cuotas

Las liquidaciones correspondientes a enero de 2025, presentadas en febrero de 2025, se regularizarán de oficio en los próximos meses. Las empresas y trabajadores recibirán notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) con los ajustes pertinentes.

Los importes regularizados podrán ingresarse sin recargo hasta el último día del mes siguiente a la notificación.

La nueva Orden de Cotización para 2025 introduce modificaciones importantes que afectan a la Seguridad Social, el régimen general y el de autónomos. La revisión de bases de cotización, junto con el incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, implica ajustes financieros tanto para empresas como para trabajadores.

Ante cualquier duda sobre la aplicación de esta normativa o la regularización de cuotas, recomendamos contactar con nuestros profesionales especializados en derecho laboral y Seguridad Social.