Con el objetivo de hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, el nuevo Real Decreto-ley 1/2025 contiene la práctica totalidad de las medidas del escudo social que el Gobierno aprobó en diciembre y no logró el apoyo necesario del Congreso el día 22 de enero de 2025 para convalidar el RDL 9/2024 (más conocido como «ómnibus»).
El Real Decreto-ley 1/2025 entró en vigor el día 30 de enero de 2025. Aunque algunos artículos, como el referente al límite de la cuantía de las pensiones públicas, revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas, y actualización de los máximos y mínimos de las bases de cotización en el sistema de la Seguridad Social producirán efectos retroactivos económicos desde el día 1 de enero de 2025.
El Real Decreto recoge un conjunto de medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad en materia económica, transporte, Seguridad Social y protección. Además, se introducen elementos novedosos en materia de vivienda y ayudas al transporte, ampliando las coberturas anteriores.
Medidas económicas y de financiación territorial
Las medidas económicas contenidas tienen, como ya hemos dicho, el objetivo principal de hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, y más concretamente, reforzar la estabilidad financiera, apoyar a empresas afectadas por desastres naturales y garantizar la autonomía fiscal de determinadas comunidades autónomas.
Entre las medidas más destacadas encontramos:
- Suspensión del régimen de liberalización de inversiones extranjeras: se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la restricción a las inversiones extranjeras directas en empresas estratégicas. Esto será aplicable a inversiones superiores a 500 millones de euros en empresas de sectores críticos, como infraestructura, defensa, telecomunicaciones y energía.
- Exención de pérdidas contables para empresas afectadas por la DANA: en el énfasis de paliar situaciones de vulnerabilidad, se exonera a sociedades mercantiles afectadas por la DANA de la causa de disolución por pérdidas hasta el cierre del ejercicio 2026. Estas empresas deberán justificar documentalmente la afectación en sus cuentas anuales.
- Financiación especial para la Comunidad Valenciana: en la misma línea, el Estado permitirá a la Comunidad Valenciana contraer nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo para cubrir gastos derivados de la DANA. Esta financiación se enmarca en el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, ampliando su dotación.
Medidas en materia de transporte
Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025, el Gobierno implementará bonificaciones directas a la ciudadanía para el uso del transporte público:
-
- Gratuidad total para niños y niñas menores de 14 años.
- Descuento del 50% en títulos de transporte joven.
- Descuento del 20% en abonos generales y títulos multiviaje.
Esta medida implica una inyección de recursos a comunidades autónomas y municipios, con el compromiso de que estos aporten al menos un 20% adicional en subvenciones.
Además, se establecen descuentos en el transporte ferroviario, aplicándose hasta un 40% en trayectos recurrentes de cercanías y Media Distancia, así como el 50% en servicios entre Ourense-A Coruña, Madrid-Salamanca y Alicante-Murcia.
Otro de los puntos importantes se basa en el fomento de la movilidad sostenible, subvencionando la adquisición de bicicletas eléctricas y para empresas dedicadas a la distribución urbana sostenible.
Por último, se destaca que Canarias y Baleares disfrutarán de abonos de transporte y títulos multiviaje gratuitos, así como podrán beneficiarse de una bonificación del 50% en transporte marítimo y aéreo siempre que sean residentes.
Seguridad Social y medidas laborales
El punto más importante se centra en el incremento de las pensiones, el cual responde al compromiso del Gobierno de mantener el poder adquisitivo de los pensionistas a través de la indexación de las pensiones al IPC.
Revalorización de pensiones contributivas y no contributivas
En primer lugar, se aplica un incremento del 2,8% en todas las pensiones contributivas y no contributivas, tomando como base la evolución del IPC en 2024. Además, se mantiene la garantía de revalorización automática, evitando la pérdida de poder adquisitivo.
Otro aspecto importante es la inclusión del Complemento de reducción de la brecha de género en pensiones, que se actualiza en 35,90 €/mes.
Pensiones mínimas y límite máximo
Se fija un límite máximo de pensión pública de 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales.
En cuanto a las pensiones mínimas de jubilación, se establece:
-
- Titular con cónyuge a cargo: 15.786,40 €/año.
- Titular sin cónyuge: 12.241,60 €/año.
- Titular con cónyuge no a cargo: 11.620 €/año.
- Orfandad absoluta: Se incrementará en 9.275 €/año distribuidos entre los beneficiarios.
- Viudedad con cargas familiares: 15.786,40 €/año.
- Viudedad entre 60 y 64 años: 11.452 €/año.
- Viudedad Menores de 60 años: 9.275 €/año.
Actualización de la base máxima y mínima de cotización
La base mínima de cotización crecerá en la misma proporción que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) incrementado en un sexto. Así, la base máxima de cotización se incrementará en un 4%, compuesto por:
-
- 2,8% correspondiente a la revalorización de pensiones.
- 1,2% adicional derivado de la Disposición Transitoria 38 de la Ley General de la Seguridad Social.
Esta medida afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena dentro del régimen general de la Seguridad Social.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Se mantiene la cotización adicional del 0,80%, repartida en:
-
- 0,67% a cargo del empleador.
- 0,13% a cargo del trabajador.
Su finalidad es reforzar el sistema público de pensiones a largo plazo y anticiparse a los retos del envejecimiento poblacional.
Cotización adicional de solidaridad
Afecta a trabajadores con ingresos superiores a la base máxima de cotización. Además, se aplicará una contribución adicional progresiva sobre el exceso de salario que supere la base máxima.
Medidas laborales y protección del empleo
Las empresas que reciban ayudas públicas deberán cumplir condiciones estrictas de mantenimiento del empleo, como:
- Prohibición de despidos por aumento de costes energéticos hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Devolución de ayudas en caso de despidos injustificados.
En cuanto a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), se mantienen los beneficios en cotización para empresas.También se intensifica la obligación de mantener el empleo por un mínimo de seis meses tras la finalización del ERTE.
Empresas afectadas por la erupción volcánica de La Palma
En este sentido, se prorrogan los ERTES por fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2025 para las empresas con sede en El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte.
Además, se permite el aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social:
-
- Diciembre 2024 – mayo 2025 para empresas.
- Enero 2025 – junio 2025 para autónomos.
Por último, se mantiene la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos afectados.
Exenciones y beneficios en la cotización
El nuevo Real Decreto introduce medidas específicas para sectores clave, especialmente el marítimo-pesquero. Entre ellas destacan:
- Se excluye a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar de la cotización de solidaridad, que solo será aplicable a trabajadores por cuenta ajena.
- Se introduce una disposición transitoria que alinea la evolución de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas con el incremento progresivo de la base máxima de cotización.
- Se condicionan las exenciones en cotización a la obligación de mantener el empleo durante un período mínimo de seis meses y máximo de dos años tras la finalización del ERTE.
Medidas no incluidas en el Real Decreto-ley 1/2025
Aunque el Real Decreto incluye reformas clave en la Seguridad Social y el empleo, algunas medidas propuestas en el anterior RDL 9/2024 quedaron fuera y están en fase de negociación. Estas son:
- Prórroga del SMI 2024 (pendiente de negociación con sindicatos y patronal).
- Anticipación de la edad de jubilación para personal sanitario en medios aéreos.
- Modificación de la cotización de trabajadores autónomos con sistemas intercooperativos.
- Extensión del plazo de cancelación de préstamos otorgados a la Seguridad Social.
Protección de situaciones de vulnerabilidad y vivienda
Una de las medidas más relevantes en materia de vivienda es la prórroga de la suspensión de desahucios para inquilinos en situación de vulnerabilidad económica.
Podrán acogerse a esta medida:
- Personas en riesgo de exclusión social que no dispongan de alternativa habitacional.
- Familias con ingresos reducidos cuyo nivel económico se haya visto afectado por situaciones de emergencia social o laboral.
- Víctimas de violencia de género, personas dependientes, familias monomarentales o monoparentales con hijos a cargo.
- Personas en situación de desempleo de larga duración sin ingresos suficientes para afrontar el pago del alquiler.
Además de la protección en casos de alquiler, el Real Decreto-ley 1/2025 establece una moratoria en procedimientos penales relacionados con la vivienda.
- Aplicación a juicios verbales: Se permite la suspensión del desahucio cuando el demandado pueda acreditar una situación de vulnerabilidad económica.
- Viviendas ocupadas en propiedad de grandes tenedores: Se permite la paralización de lanzamientos en procesos por usurpación de vivienda habitual, siempre que los ocupantes demuestren falta de ingresos y ausencia de alternativa habitacional.
Para compensar a los propietarios e inmobiliarias afectadas por la suspensión de desahucios, se establece un sistema de compensaciones, el cual se calculará en función del valor medio del alquiler de la zona y los gastos corrientes asumidos por el propietario. Estas compensaciones serán gestionadas por las Comunidades Autónomas, para lo cual se establecerán fondos específicos para garantizar su cobertura.
Otra de las novedades más importantes del Real Decreto en materia de vivienda es la creación de un sistema de avales y garantías para fomentar el acceso a la vivienda en alquiler.
Se basa en que el Estado actuará como avalista en contratos de alquiler para jóvenes y familias en situaciones de vulnerabilidad, garantizando el pago de la renta en caso de impago temporal por parte del inquilino. Con esto se pretende reducir la incertidumbre de los propietarios, facilitando que más viviendas entren en el mercado de alquiler con precios asequibles.
En la práctica, el Estado cubre el impago del alquiler hasta un máximo de 12 meses, y el inquilino debe devolver la cantidad adeudada en cuotas reducidas, con posibilidad de subvención total o parcial en casos de vulnerabilidad grave.
Apoyo en el acceso a energía y agua para personas en situaciones de vulnerabilidad
Se refuerzan las medidas de protección en suministros básicos, concretamente mediante el Bono social eléctrico, la prohibición de cortes de luz y agua para consumidores que se enfrenten a situaciones de vulnerabilidad, y la garantía por parte de Ayuntamientos y Comunidades Autónomas de ofrecer alternativas de pago y planes de financiación.
Para obtener más información, no dudes en contactarnos y te resolveremos todas tus dudas.






