¿Puede la empresa obligar al trabajador a irse de vacaciones?

Las vacaciones son un derecho fundamental para cualquier trabajador, ya constituyen un periodo de descanso muy necesario para recargar energías y mantener un buen equilibrio entre la vida personal y laboral.

Sin embargo, una pregunta común surge tanto a los empleados como a los empleadores: ¿puede la empresa obligar al trabajador a irse de vacaciones? En este artículo abordaremos esta cuestión desde una perspectiva legal.

Marco legal del derecho a vacaciones

Según el art. 38 del Estatuto de los trabajadores, todos los empleados tienen derecho a un periodo de vacaciones anuales retribuidas, que no puede ser inferior a 30 días naturales. Además, este derecho es irrenunciable, lo que significa que no puede ser sustituido por una compensación económica (excepto en caso de extinción del contrato de trabajo).

El Estatuto de los Trabajadores también establece que las vacaciones deben ser fijadas de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, conforme a lo establecido en la negociación colectiva o en el acuerdo individual. Es decir, la fijación de las fechas de las vacaciones debe ser consensuada entre ambas partes.

¿Puede la empresa obligar al trabajador a irse de vacaciones?

Si tenemos en cuenta el Estatuto de los Trabajadores, llegamos a la conclusión de que la empresa no puede obligar al trabajador a coger vacaciones bajo su criterio. 

Sin embargo, hay excepciones en las que la empresa determina los periodos de vacaciones de sus trabajadores y que sí se contemplan como válidas.

Necesidades organizativas

La empresa puede tener la capacidad de decidir el periodo vacacional del trabajador en función de necesidades organizativas. Esto significa que, en situaciones específicas, la empresa puede requerir al trabajador que disfrute sus vacaciones en ciertos momentos para garantizar la eficiencia operativa o por necesidades de la producción. Eso sí, este asunto debe estar recogido y regulado en los convenios colectivos o en los contratos individuales.

¿Qué hacer si no hay acuerdo?

Si el trabajador y el empresario no llegan a un acuerdo sobre las fechas de las vacaciones, será recomendable recurrir a la mediación o a los órganos de resolución de conflictos laborales. 

En caso de que la empresa obligue al trabajador a disfrutar las vacaciones en una determinada fecha y éste no esté de acuerdo, podrá interponer demanda dentro del plazo de 20 días hábiles desde la comunicación de la empresa.

¿Qué sucede en caso de que el trabajador no disfrute la totalidad de las vacaciones?

Generalmente, las vacaciones anuales deben disfrutarse durante el año en curso, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Sin embargo, existen excepciones que conviene recordar y en las que sí se pueden disfrutar las vacaciones en una fecha posterior.

  • Si el trabajador no ha podido disfrutar las vacaciones por causa imputable a la empresa.
  • Si el trabajador no ha podido disfrutar las vacaciones por encontrarse en situación de incapacidad temporal.
  • Si el trabajador no ha podido disfrutar las vacaciones por encontrarse de baja por maternidad, paternidad o en situación de permiso de lactancia.
  • Si así lo recoge el Convenio Colectivo de aplicación.

En resumen, aunque la empresa puede tener la capacidad de influir en las fechas de las vacaciones por necesidades organizativas, esto debe ampararse siempre bajo el marco legal correspondiente y preavisando al trabajador.

La mejor manera de garantizar  una gestión de las vacaciones beneficiosa para todos es a través de la planificación anticipada, el diálogo entre las partes y la flexibilidad. Así, tanto la empresa como los trabajadores podrán disfrutar de un periodo vacacional bien gestionado y sin conflictos.