Modelo 721 criptomonedas: quién debe presentarlo y plazo hasta el 31 de marzo

El crecimiento del uso de criptomonedas en los últimos años ha llevado a la Agencia Tributaria a reforzar el control sobre los activos digitales situados fuera de España. Para ello se ha creado el Modelo 721, una declaración informativa obligatoria para determinados contribuyentes que posean monedas virtuales en el extranjero. Esta obligación forma parte de las medidas antifraude aprobadas por la normativa fiscal española y tiene como finalidad aumentar la transparencia y evitar la evasión de impuestos.

Esta declaración debe presentarse cada año dentro del plazo establecido por Hacienda, y no cumplir con esta obligación puede implicar sanciones económicas. Por este motivo, es importante conocer en qué casos debe presentarse, qué información hay que declarar y qué consecuencias puede tener no hacerlo correctamente. Además, debido a la complejidad de la normativa sobre impuestos de criptomonedas en España, resulta recomendable contar con asesoramiento fiscal especializado para evitar errores.

Qué es el modelo 721 y cuál es su finalidad

El modelo 721 es una declaración informativa que obliga a comunicar a la Agencia Tributaria la posesión de criptomonedas en el extranjero, siempre que estas estén custodiadas por entidades situadas fuera de territorio español. Esta obligación se introdujo como consecuencia de la legislación antifraude, con el objetivo de controlar los activos digitales de los contribuyentes residentes en España.

Se trata de una declaración similar al modelo 720, que ya se utiliza para informar sobre bienes y derechos situados fuera del país. Con el auge de las monedas virtuales, el legislador consideró necesario crear un modelo específico para este tipo de activos, ya que su naturaleza digital facilita que se mantengan en plataformas extranjeras sin conocimiento de la Administración tributaria.

La normativa establece que deben declararse aquellas criptomonedas que estén depositadas en exchanges, plataformas de custodia o proveedores de servicios que no se encuentren en España o que no estén obligados a informar a la Agencia Tributaria. Esto incluye, por ejemplo, plataformas internacionales de compraventa de criptomonedas o servicios de almacenamiento digital situados fuera del territorio español.

El objetivo principal de esta declaración no es pagar impuestos directamente, sino informar a Hacienda de la existencia de estos activos. Sin embargo, esta información puede utilizarse posteriormente para comprobar que las ganancias obtenidas con criptomonedas se han declarado correctamente en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades.

Quién está obligado a presentarlo

La obligación de presentación afecta tanto a personas físicas como a personas jurídicas residentes en España, así como a establecimientos permanentes de entidades no residentes y a determinadas entidades sin personalidad jurídica. En todos los casos, la obligación existe cuando el contribuyente sea titular, beneficiario, autorizado o tenga poder de disposición sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.

El requisito principal para que exista obligación de declarar es que el valor conjunto de las criptomonedas supere los 50.000 euros a 31 de diciembre del año correspondiente. Cuando se supera este límite, deben declararse todas las monedas virtuales, no solo la parte que exceda dicha cantidad. En los ejercicios siguientes, solo será necesario volver a presentar el modelo si el saldo aumenta en más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada.

También deben presentar el modelo quienes hayan sido titulares de criptomonedas en el extranjero en cualquier momento del año, aunque ya no lo sean a 31 de diciembre. En estos casos, la información que se debe declarar será la correspondiente al momento en que se dejó de tener la titularidad o el poder de disposición sobre los activos digitales.

No obstante, existen algunos supuestos en los que no es obligatorio presentar el modelo, como cuando las criptomonedas están correctamente registradas en la contabilidad de una empresa o cuando el total no supera el límite establecido por la normativa. Aun así, es recomendable revisar cada caso concreto, ya que la interpretación incorrecta de la obligación puede dar lugar a sanciones.

Qué se entiende por criptomonedas situadas en el extranjero

A efectos fiscales, se considera que una moneda virtual está situada en el extranjero cuando la entidad que la custodia se encuentra fuera de España o no está obligada a suministrar información a la Agencia Tributaria española. Esto ocurre con frecuencia cuando las criptomonedas se mantienen en exchanges internacionales o en plataformas de custodia que operan desde otros países.

La normativa define moneda virtual como una representación digital de valor que no está emitida por un banco central ni tiene curso legal, pero que puede utilizarse como medio de intercambio o inversión y puede transferirse o almacenarse electrónicamente. Dentro de esta definición se incluyen criptomonedas como Bitcoin, Ethereum, stablecoins y otros tokens digitales que puedan negociarse en plataformas online.

El hecho de que las criptomonedas sean activos digitales no elimina la obligación de declararlas. La Agencia Tributaria considera que deben informarse siempre que estén bajo custodia de una entidad extranjera, aunque el titular resida en España. Por este motivo, es fundamental analizar correctamente la ubicación del proveedor que mantiene las claves o los monederos electrónicos, ya que de ello depende la obligación de presentar la declaración.

Debido a la diversidad de plataformas existentes, en muchos casos resulta necesario estudiar cada situación de forma individual para determinar si las monedas virtuales se consideran situadas en el extranjero o no.

Plazo de presentación y sanciones

Debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que corresponde la información declarada. Este plazo es fijo y se repite cada año, por lo que los contribuyentes que tengan obligación de declarar deben revisar su situación antes de que finalice el mes de marzo. En algunos casos excepcionales, cuando existen problemas técnicos que impiden la presentación dentro del plazo, la normativa permite realizarla en los días naturales siguientes, pero esto no debe considerarse como una ampliación ordinaria del plazo.

No presentarlo, hacerlo fuera de plazo o incluir datos incorrectos puede dar lugar a sanciones económicas. La normativa prevé multas por no presentar la declaración, por presentarla de forma incorrecta o por omitir información. Aunque las sanciones son inferiores a las que existían en el antiguo modelo 720, siguen siendo lo suficientemente relevantes como para aconsejar que la declaración se revise con cuidado antes de presentarla.

Además, la información incluida en el modelo 721 puede ser utilizada por la Agencia Tributaria para comprobar si el contribuyente ha declarado correctamente las ganancias obtenidas con criptomonedas. Por este motivo, los errores en esta declaración pueden tener consecuencias no solo informativas, sino también tributarias.

La regulación fiscal de las criptomonedas en España es relativamente reciente y continúa evolucionando. La obligación de presentar esta declaración, junto con la tributación de las ganancias en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades, hace que muchos contribuyentes tengan dudas sobre cómo cumplir correctamente con Hacienda.

Contar con una asesoría fiscal especializada permite analizar cada caso de forma individual, determinar si existe obligación de presentar el modelo 721, preparar la declaración correctamente y evitar sanciones. También permite planificar la tributación de las criptomonedas y cumplir con todas las obligaciones fiscales de forma segura.

En Agustí & Asociados ofrecemos asesoramiento profesional en materia fiscal y tributaria, incluyendo la declaración de criptomonedas en España y en el extranjero. Si tiene dudas sobre el modelo 721 o sobre sus obligaciones con Hacienda, nuestro equipo puede ayudarle a cumplir con la normativa y evitar problemas futuros.