Cómo le afectará la reducción de la jornada laboral si tiene un contrato a tiempo parcial

El proyecto de ley que establecerá la reducción de la jornada laboral de 40 horas semanales a 38,5 horas en 2024 y a 37,5 horas en 2025 tendrá repercusiones en los contratos de trabajo a tiempo parcial: el horario y el salario deberán ajustarse de manera proporcional al porcentaje de reducción de la jornada completa equivalente.

La jornada máxima legal en España se ha mantenido en 40 horas semanales desde 1983, cuando se modificó el Estatuto de los Trabajadores que anteriormente contemplaba 43 horas en jornada partida y 42 horas en jornada continua. El proyecto de ley en discusión, que el Gobierno está negociando con los agentes sociales y que prevé reducir progresivamente la jornada máxima legal desde las 40 horas a 38,5 en 2024 y a 37,5 en 2025, también implicará cambios para los contratos a tiempo parcial, que son mayoritariamente suscritos por mujeres.

Según los datos más recientes de Eurostat, en 2022 los españoles trabajaban en promedio 37,8 horas semanales, por debajo de las 40 horas semanales máximas que establece el Estatuto de los Trabajadores y que se aplican en empresas no sujetas a convenio que establezcan un número de horas semanales por debajo del límite legal. En estos casos, lógicamente, la reducción de la jornada máxima legal también implicará modificaciones en los contratos no sujetos a convenio, incluso si se trabaja a tiempo parcial.

Cuando entre en vigor la reducción de la jornada laboral este año, como pretende el Gobierno, «las horas de trabajo serán las mismas que las realizadas a tiempo parcial, pero el salario aumentará porque la jornada supone un porcentaje de la jornada completa equivalente. Si ese porcentaje aumenta, el salario también deberá aumentar para mantener la equivalencia», según señala el sindicato Comisiones Obreras (CCOO).

Por ejemplo, «si se tiene una jornada máxima legal de 40 horas semanales, pero se trabaja 20 horas y la jornada se reduce a 37,5 horas, la jornada pasará del 50% al 53,3%, lo que implicará un aumento del 3,3% en el salario. «La empresa podrá proponer una reducción del tiempo de trabajo para no pagar más, pero no podrá imponerlo», recuerda CCOO, ya que los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo y las condiciones laborales deben acordarse en función de lo que se establezca para los trabajadores a tiempo completo.

El proyecto de ley para la transposición de la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, aprobado este martes por el Consejo de Ministros, también incluye nuevas medidas que refuerzan la protección de los trabajadores contratados a tiempo parcial: prohibirá a una empresa reducir unilateralmente la jornada y el salario de un empleado a tiempo parcial, por lo que la empresa no podrá imponer al trabajador el aumento o la disminución de horas en el empleo a tiempo parcial.

El texto de la nueva norma, que aún debe superar el proceso parlamentario, introduce en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores el derecho a que las condiciones de trabajo sean previsibles, lo que implica que el empleado debe conocer de antemano su horario laboral y, en su caso, los criterios según los cuales pueden cambiar esas condiciones.

Por lo tanto, «la empresa deberá documentar por escrito los contratos de trabajo independientemente de su duración y cualquier modificación de los elementos esenciales de la relación laboral, y si no lo hace, se presumirá que el contrato es indefinido a tiempo completo», según establece el proyecto.

En el caso de las horas complementarias acordadas, el acuerdo deberá especificar el número de horas, los días y las horas de referencia en las que el trabajador puede ser requerido con un preaviso mínimo de tres días, un plazo que no podrá ser reducido mediante convenio. Según la normativa, las empresas deberán registrar la jornada de los trabajadores con contratos a tiempo parcial, por lo que deberán registrar día a día el horario exacto de inicio y finalización.

«La conversión de un trabajo a tiempo completo en uno a tiempo parcial, o viceversa, así como el aumento o la reducción de horas en un trabajo a tiempo parcial, siempre será voluntaria para el trabajador, «sin que la empresa pueda imponer unilateralmente ningún cambio», afirmó ayer la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y «no se podrán modificar las jornadas laborales en los contratos a tiempo parcial como un mecanismo para reducir los salarios».

(Expansión, 08-02-2024)