Los trabajadores autónomos tienen hasta el 31 de octubre de 2025 para solicitar el cambio en la base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y ajustar la cuota a pagar a sus ingresos reales. Esta decisión entrará en vigor a partir del 1 de noviembre de 2025.
Se trata de un trámite crucial, ya que la elección de la base de cotización determina no solo lo que se paga mes a mes, sino también el nivel de prestaciones al que se tendrá derecho en caso de enfermedad, accidente laboral, cese de actividad, maternidad o jubilación.
¿Por qué es importante el cambio en la base de cotización?
Los autónomos son el único colectivo que puede elegir la base sobre la que cotizar, dentro de unos límites marcados por la ley. Esa decisión impacta directamente en:
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La pensión de jubilación futura.
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La cobertura por baja médica o incapacidad temporal.
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Las prestaciones por maternidad o paternidad.
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La protección por desempleo (cese de actividad).
Por ello, ajustar la base de cotización a los ingresos reales no solo es una obligación derivada del nuevo sistema de cotización por tramos, sino también una estrategia para garantizar seguridad financiera a largo plazo.
Nuevo sistema de cotización de autónomos 2025
Desde 2023, el sistema de cotización de los autónomos en España se calcula en función de los rendimientos netos anuales, y en 2025 continúa su aplicación con 15 tramos de ingresos.
Cómo calcular los rendimientos netos
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Se suman todos los ingresos obtenidos en el año natural en las distintas actividades profesionales o económicas.
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Se restan los gastos deducibles permitidos por el IRPF.
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A la cantidad resultante se aplica una deducción general del 7% por gastos genéricos (o del 3% en el caso de administradores o socios de sociedades mercantiles con participación relevante).
El promedio mensual obtenido determinará en qué tramo de cotización debe situarse el autónomo y, por tanto, la cuota a pagar a la Seguridad Social.
Tablas de cotización 2025 para autónomos
En 2025, las bases mínimas y máximas de cotización se establecen en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y del tope fijado para las bases máximas.
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Base máxima: 4.909,50 € (un 4% más que en 2024).
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Base mínima: vinculada al SMI, que en 2025 asciende a 1.184 € brutos mensuales.
Tabla reducida de bases mínimas y máximas (ejemplos)
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Tramo 1: Rendimientos ≤ 670 € → base mínima 653,59 € / base máxima 718,94 €.
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Tramo 2: Rendimientos de 671 a 900 € → base mínima 718,95 € / base máxima 900 €.
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Tramo 3: Rendimientos de 901 a 1.166,70 € → base mínima 849,67 € / base máxima 1.166,70 €.
Tabla general de cotización (ejemplos intermedios)
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Rendimientos entre 1.500 y 1.700 € → base mínima 960,78 € / base máxima 1.700 €.
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Rendimientos entre 2.330 y 2.760 € → base mínima 1.356,21 € / base máxima 2.760 €.
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Rendimientos superiores a 6.000 € → base mínima 1.928,10 € / base máxima 4.909,50 €.
Estas tablas permiten adaptar la cotización a los ingresos reales, ofreciendo mayor equidad y sostenibilidad al sistema.
Tipos de cotización en 2025
Las cuotas de los autónomos en 2025 incluyen distintos conceptos obligatorios:
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Contingencias comunes: 28,30%.
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Contingencias profesionales: 1,30%.
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Cese de actividad: 0,90%.
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Formación profesional: 0,10%.
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Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,8% sobre la base de cotización.
Regularización de la cotización
La base de cotización que elija el autónomo durante el año tiene carácter provisional. Una vez finalizado el ejercicio, la Agencia Tributaria comunica los ingresos reales a la Seguridad Social, y se procede a la regularización:
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Si se cotizó por debajo de lo que correspondía → se deberá pagar la diferencia.
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Si se cotizó por encima, la Seguridad Social devolverá el exceso antes del 30 de abril del año siguiente.
Este mecanismo garantiza que todos los autónomos contribuyan en función de sus ingresos reales.
Cotización en caso de pluriactividad
Cuando un autónomo también trabaja por cuenta ajena y la suma de sus cotizaciones supera los 16.672,66 € anuales, tiene derecho a un reintegro del 50% del exceso abonado. Este beneficio está diseñado para evitar una doble cotización desproporcionada.
Plazos para el cambio en la base de cotización
Durante el año existen varias ventanas para solicitar el cambio en la base de cotización. En este caso, el plazo vigente permite hacerlo hasta el 31 de octubre de 2025, con efectos desde el 1 de noviembre de 2025.
El trámite se realiza de forma telemática a través del sistema RED de la Seguridad Social, lo que facilita la gestión rápida y segura.
Consejos antes de modificar la base de cotización
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Revisa tus ingresos reales y proyecta los del próximo trimestre.
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Calcula el impacto en tu pensión y prestaciones.
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Aprovecha deducciones y gastos deducibles para ajustar mejor tus rendimientos netos.
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Consulta con un asesor especializado para evitar errores en el cálculo y en la elección del tramo.
El cambio en la base de cotización para autónomos en 2025 es una oportunidad clave para adaptar la cuota al nivel real de ingresos y mejorar la cobertura social del trabajador por cuenta propia.
En Agustí & Asociados, como asesores laborales y fiscales en Barcelona, ofrecemos acompañamiento personalizado para que autónomos y emprendedores puedan tomar la mejor decisión en relación con su base de cotización y optimizar su seguridad financiera.






