{"id":36069,"date":"2026-02-18T10:00:10","date_gmt":"2026-02-18T09:00:10","guid":{"rendered":"https:\/\/agusti-asociados.com\/?post_type=blog&#038;p=36069"},"modified":"2026-02-13T09:29:44","modified_gmt":"2026-02-13T08:29:44","slug":"medidas-fiscales-2026-deducciones-irpf","status":"publish","type":"blog","link":"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/blog\/medidas-fiscales-2026-deducciones-irpf\/","title":{"rendered":"Medidas fiscales que vuelven en 2026: qu\u00e9 cambia realmente con el RDL 2\/2026"},"content":{"rendered":"<p data-start=\"540\" data-end=\"844\">Las medidas fiscales del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2026-2547\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Real Decreto-ley 2\/2026, de 3 de febrero<\/a>, no introduce una revoluci\u00f3n fiscal. Pero s\u00ed evita un problema mayor: la desaparici\u00f3n autom\u00e1tica de incentivos, l\u00edmites y reg\u00edmenes temporales que afectaban directamente a aut\u00f3nomos, empresas y peque\u00f1os contribuyentes.<\/p>\n<p data-start=\"540\" data-end=\"844\">Tras la ca\u00edda parlamentaria del decreto anterior, el Gobierno se ha visto obligado a reconstruir el marco fiscal en pleno inicio de ejercicio. El resultado es una norma continuista, s\u00ed, pero estrat\u00e9gicamente relevante. Porque cuando una medida fiscal desaparece sin sustituci\u00f3n, el impacto no suele ser neutro: suele traducirse en mayor carga tributaria, m\u00e1s obligaciones formales o p\u00e9rdida de incentivos.<\/p>\n<p data-start=\"1253\" data-end=\"1361\">El RDL 2\/2026 no crea casi nada nuevo. Pero devuelve estabilidad. Y eso, en materia tributaria, no es menor.<\/p>\n<h2 data-start=\"1368\" data-end=\"1438\">IRPF 2026: continuidad para aut\u00f3nomos y contribuyentes particulares<\/h2>\n<p data-start=\"1440\" data-end=\"1786\">Uno de los ejes m\u00e1s importantes del decreto es la pr\u00f3rroga del m\u00e9todo de estimaci\u00f3n objetiva (m\u00f3dulos) para 2026.<\/p>\n<p data-start=\"1440\" data-end=\"1786\">Se mantienen los umbrales de volumen de ingresos y compras que ya ven\u00edan aplic\u00e1ndose, evitando que muchos peque\u00f1os aut\u00f3nomos quedaran fuera del r\u00e9gimen por un efecto puramente inflacionario.<\/p>\n<p data-start=\"1788\" data-end=\"1865\">No se ampl\u00eda el sistema, pero tampoco se endurece. Se conserva el equilibrio.<\/p>\n<p data-start=\"1867\" data-end=\"2077\">En un contexto de aumento de costes y m\u00e1rgenes ajustados, esta pr\u00f3rroga evita una transici\u00f3n forzada hacia estimaci\u00f3n directa que habr\u00eda implicado m\u00e1s carga administrativa y, en muchos casos, mayor tributaci\u00f3n.<\/p>\n<h3 data-start=\"2079\" data-end=\"2123\">Renuncias y revocaciones extraordinarias<\/h3>\n<p data-start=\"2125\" data-end=\"2438\">Aqu\u00ed aparece uno de los gestos t\u00e9cnicos m\u00e1s interesantes del RDL 2\/2026: se validan las renuncias y revocaciones presentadas en diciembre de 2025 y se abre un nuevo plazo extraordinario en febrero de 2026 para modificar decisiones adoptadas en un contexto normativo incierto.<\/p>\n<p data-start=\"2125\" data-end=\"2438\">No es habitual que el legislador permita \u201cdar marcha atr\u00e1s\u201d. Este margen de correcci\u00f3n reconoce impl\u00edcitamente la inseguridad generada por la ca\u00edda del decreto previo.<\/p>\n<p data-start=\"2609\" data-end=\"2723\">Quien haya renunciado a m\u00f3dulos sin tener claro el escenario definitivo deber\u00eda revisar su situaci\u00f3n con urgencia.<\/p>\n<h2 data-start=\"2730\" data-end=\"2799\">Otras medidas fiscales: movilidad el\u00e9ctrica y eficiencia energ\u00e9tica<\/h2>\n<p data-start=\"2801\" data-end=\"2904\">El decreto tambi\u00e9n prorroga incentivos que afectan directamente a decisiones de inversi\u00f3n particulares.<\/p>\n<p data-start=\"2906\" data-end=\"3243\">Se ampl\u00eda hasta el 31 de diciembre de 2026 la <strong data-start=\"2952\" data-end=\"3044\">deducci\u00f3n por adquisici\u00f3n de veh\u00edculos el\u00e9ctricos y por instalaci\u00f3n de puntos de recarga. <\/strong>No hay cambios sustanciales en requisitos, pero s\u00ed una garant\u00eda temporal que permite planificar sin el riesgo de perder el incentivo por unos meses de retraso.<\/p>\n<p data-start=\"3245\" data-end=\"3385\">Eso s\u00ed, la deducci\u00f3n no es autom\u00e1tica: el veh\u00edculo debe ser nuevo, no estar afecto a actividad econ\u00f3mica y cumplir los l\u00edmites establecidos.<\/p>\n<p data-start=\"3387\" data-end=\"3651\">En paralelo, se extienden las <strong data-start=\"3417\" data-end=\"3480\">deducciones por obras de eficiencia energ\u00e9tica en viviendas<\/strong>. Para viviendas individuales, el plazo se ampl\u00eda hasta finales de 2026, mientras que en edificios residenciales puede alcanzar 2027. Aqu\u00ed el detalle t\u00e9cnico marca la diferencia: sin certificado energ\u00e9tico v\u00e1lido y emitido en plazo, la deducci\u00f3n desaparece, aunque la obra est\u00e9 correctamente ejecutada.<\/p>\n<h2 data-start=\"3828\" data-end=\"3882\">Imputaci\u00f3n de rentas inmobiliarias y ayudas exentas<\/h2>\n<p data-start=\"3884\" data-end=\"4121\">El RDL 2\/2026 mantiene el porcentaje reducido del 1,1 % para la imputaci\u00f3n de rentas inmobiliarias en determinados casos, evitando incrementos indirectos en la tributaci\u00f3n de inmuebles no arrendados.<\/p>\n<p data-start=\"3884\" data-end=\"4121\">Puede parecer un detalle menor, pero no lo es. Aplicar el 1,1 % o el 2 % depende del a\u00f1o de revisi\u00f3n catastral. Y esa diferencia impacta directamente en la cuota del IRPF.<\/p>\n<p data-start=\"4296\" data-end=\"4596\">Adem\u00e1s, se declaran exentas determinadas ayudas vinculadas a incendios forestales, emergencias y episodios de DANA.<\/p>\n<p data-start=\"4296\" data-end=\"4596\">No todas las ayudas p\u00fablicas est\u00e1n exentas por defecto; identificar correctamente su naturaleza es esencial para evitar errores en la declaraci\u00f3n.<\/p>\n<h2 data-start=\"4603\" data-end=\"4668\">Impuesto sobre Sociedades: liquidez v\u00eda amortizaci\u00f3n acelerada<\/h2>\n<p data-start=\"4670\" data-end=\"4852\">En el \u00e1mbito empresarial, el decreto prorroga la libertad de amortizaci\u00f3n para inversiones en energ\u00edas renovables destinadas al autoconsumo. Este incentivo permite anticipar fiscalmente el gasto, mejorando la liquidez sin alterar el resultado contable. Es una herramienta estrat\u00e9gica para empresas que est\u00e9n valorando sustituir sistemas f\u00f3siles por instalaciones renovables.<\/p>\n<p data-start=\"5089\" data-end=\"5271\">Pero hay condiciones: la inversi\u00f3n debe entrar en funcionamiento en el ejercicio adecuado y mantenerse los niveles de empleo exigidos. De lo contrario, el beneficio puede revertirse.<\/p>\n<p data-start=\"5273\" data-end=\"5511\">Tambi\u00e9n se mantiene la libertad de amortizaci\u00f3n para determinados veh\u00edculos el\u00e9ctricos e infraestructuras de recarga afectas a la actividad econ\u00f3mica. La afectaci\u00f3n debe ser real, no meramente formal.<\/p>\n<h2 data-start=\"5518\" data-end=\"5568\">IVA 2026: pr\u00f3rrogas que evitan m\u00e1s obligaciones<\/h2>\n<p data-start=\"5570\" data-end=\"5764\">En materia de IVA, el decreto prorroga los l\u00edmites que permiten aplicar el r\u00e9gimen simplificado y el r\u00e9gimen especial de agricultura, ganader\u00eda y pesca. Si estos l\u00edmites no se hubieran extendido, muchos contribuyentes habr\u00edan salido autom\u00e1ticamente del r\u00e9gimen, multiplicando sus obligaciones formales y su carga administrativa.<\/p>\n<p data-start=\"5943\" data-end=\"6097\">La pr\u00f3rroga aporta estabilidad, pero no elimina la necesidad de controlar vol\u00famenes de operaciones. Superar los l\u00edmites sigue teniendo efectos inmediatos.<\/p>\n<h3 data-start=\"6099\" data-end=\"6138\">Operador confiable en hidrocarburos<\/h3>\n<p data-start=\"6140\" data-end=\"6334\">Aqu\u00ed s\u00ed aparece una novedad t\u00e9cnica: se reduce el volumen m\u00ednimo de extracciones a 500 millones de litros para obtener la condici\u00f3n de operador confiable.<\/p>\n<p data-start=\"6140\" data-end=\"6334\">La medida busca reforzar el control del fraude sin imponer umbrales desproporcionados. No obstante, la solvencia financiera y la trayectoria siguen siendo requisitos imprescindibles.<\/p>\n<h2 data-start=\"6525\" data-end=\"6576\">Medidas mercantiles con impacto fiscal indirecto<\/h2>\n<p data-start=\"6578\" data-end=\"6779\">El decreto prorroga la suspensi\u00f3n de la causa de disoluci\u00f3n por p\u00e9rdidas, excluyendo las generadas en 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio iniciado en 2026. Aunque esto puede parecer una cuesti\u00f3n mercantil, pero tiene efectos fiscales indirectos importantes. Adoptar decisiones societarias precipitadas \u2014como disoluciones innecesarias\u2014 puede generar consecuencias tributarias no deseadas.<\/p>\n<p data-start=\"7002\" data-end=\"7149\">Tambi\u00e9n se habilitan plazos extraordinarios para reformular cuentas y celebrar juntas. Ignorar estas pr\u00f3rrogas puede llevar a errores estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<h2 data-start=\"7156\" data-end=\"7191\">Lo que no vuelve tambi\u00e9n importa<\/h2>\n<p data-start=\"7193\" data-end=\"7221\">No todo se ha reintroducido.<\/p>\n<p data-start=\"7223\" data-end=\"7392\">No se recuperan los coeficientes del IIVTNU, evitando \u2014por ahora\u2014 un posible incremento indirecto en transmisiones inmobiliarias. Tampoco se reincorpora la supresi\u00f3n de la obligaci\u00f3n universal de declarar en IRPF para perceptores de prestaciones por desempleo, que se traslada a otra norma. En fiscalidad, las ausencias tambi\u00e9n planifican. Dar por supuesta la recuperaci\u00f3n de una medida puede llevar a decisiones err\u00f3neas.<\/p>\n<h2 data-start=\"7734\" data-end=\"7773\">Entrada en vigor y cautela necesaria<\/h2>\n<p data-start=\"7775\" data-end=\"7964\">El RDL 2\/2026 est\u00e1 en vigor desde el 5 de febrero de 2026, pero su continuidad depende de la convalidaci\u00f3n parlamentaria en el plazo de treinta d\u00edas.<\/p>\n<p data-start=\"7775\" data-end=\"7964\">La experiencia reciente demuestra que la estabilidad normativa ya no puede darse por garantizada. Planificar fiscalmente en 2026 exige seguimiento activo y revisi\u00f3n constante.<\/p>\n<p data-start=\"8143\" data-end=\"8379\">Las medidas fiscales que vuelven no cambian el sistema, pero s\u00ed evitan un aumento indirecto de la presi\u00f3n tributaria. En un entorno econ\u00f3mico incierto, esa continuidad permite a aut\u00f3nomos y empresas tomar decisiones con mayor seguridad.<\/p>\n<p data-start=\"8381\" data-end=\"8640\">En <a href=\"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/\">Agust\u00ed &amp; Asociados<\/a> asesoramos de forma integral en planificaci\u00f3n fiscal, IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IVA, adaptando cada decisi\u00f3n al contexto normativo vigente. Porque en materia tributaria, anticiparse no es una opci\u00f3n estrat\u00e9gica: es una necesidad.<\/p>","protected":false},"featured_media":36088,"template":"","class_list":["post-36069","blog","type-blog","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/blog\/36069","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/blog"}],"about":[{"href":"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/blog"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/36088"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/agusti-asociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=36069"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}