Esta semana, millones de mutualistas han recibido una noticia positiva: el Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la devolución de las cantidades que aún se les debían, tras años de espera. Hacienda había paralizado el proceso mientras se tramitaba una nueva ley que fijara el procedimiento para reembolsar a quienes realizaron aportaciones entre 1967 y 1978, y que sufrieron una doble imposición en el IRPF.
En concreto, la Cámara Baja ha aprobado -con el respaldo de todos los grupos salvo la abstención del PP y el voto en contra de 32 diputados de Vox- el texto procedente del Senado, correspondiente a la Ley de Seguros de Automóviles. Este texto incluye una enmienda con una disposición final que autoriza formalmente a la Agencia Tributaria a proceder con las devoluciones correspondientes a los ejercicios fiscales de 2019, 2020, 2021 y 2022.
Tal como ya había adelantado este medio, la aprobación de esta normativa permite a Hacienda comenzar a reintegrar las cantidades debidas a los mutualistas que lo solicitaron durante la última campaña de la Renta mediante el formulario habilitado en su web oficial.
El texto legal, aún pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, puede consultarse en la página del Congreso. En él se especifica que el formulario utilizado para los ejercicios fiscales hasta 2019 también servirá para reclamar las devoluciones correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022. Esto implica que Hacienda deberá efectuar los pagos en el plazo legalmente establecido: seis meses desde la finalización de la campaña del IRPF, lo que marca como fecha límite el 30 de diciembre.
El Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, deberá afrontar un desembolso de aproximadamente 4.000 millones de euros para completar todos los reembolsos. Antes de suspender el proceso, la Agencia Tributaria ya había devuelto más de 1.300 millones. Posteriormente, cambió de criterio y decidió compensar solo un año por solicitud, lo que desató una oleada de críticas y protestas que finalmente la obligaron a rectificar y aceptar realizar todas las devoluciones en un único pago.
Aunque el importe exacto de cada devolución variará según el caso, expertos consultados por elEconomista han estimado que la mayoría se situará en una horquilla entre 3.000 y 4.000 euros, dependiendo del número de años cotizados a través de estas mutualidades. Según explicó la asesora legal Lydia Campos, las cantidades a devolver se encuadran generalmente en ese rango, aunque dependerán del tiempo que cada persona haya realizado aportaciones.
La decisión definitiva llegó tras una sentencia del Tribunal Supremo en 2023, que dictaminó que los mutualistas que habían contribuido a las antiguas mutualidades laborales fueron objeto de una doble tributación en el IRPF. El alto tribunal ordenó entonces a Hacienda efectuar las devoluciones pertinentes, aunque consideró prescrito todo lo anterior a 1967.
Esto se debe a que entre 1967 y 1978, las mutualidades pasaron a ser entidades gestoras de la Seguridad Social, lo que provocó que las aportaciones hechas en ese periodo no pudieran deducirse del IRPF, generando así un exceso en la tributación de los pensionistas. Los afectados tenían derecho a reclamar los importes correspondientes a los últimos cuatro ejercicios fiscales no prescritos, mediante la rectificación de sus declaraciones.
(El Economista, 25-07-2025)






