Los defensores de oficio representan la base fundamental del derecho a la defensa de los ciudadanos más desfavorecidos. El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha manifestado su respaldo a este colectivo al presentar diez derechos que considera esenciales para el ejercicio de la abogacía de oficio. En un evento llevado a cabo en la sede del colegio y con la presencia de abogados adscritos al turno de oficio, el ICAM ha dedicado la jornada del viernes, coincidiendo con el Día Internacional del Abogado, a destacar la labor de esta abogacía comprometida.
Conceptos como dignidad y respeto, libertad, independencia, trato justo y no discriminatorio, retribuciones y pensiones adecuadas, formación gratuita de calidad y protección contra interferencias son algunos de los principios incluidos por el Colegio de la Abogacía de Madrid en el documento presentado en su sede este viernes. El decálogo busca mejorar las condiciones y fortalecer las garantías de los miles de profesionales que prestan un servicio tan esencial pero a veces poco reconocido.
Los diputados de la Junta de Gobierno del ICAM, Lola Fernández y Juan Manuel Mayllo, quienes también participan activamente en el turno de oficio, han presidido un acto en el que se ha dado a conocer el primer decálogo de buenas prácticas en deontología para la abogacía de oficio. Durante el evento, han intervenido el diputado responsable de deontología, José Ramón Couso, el director de deontología y honorarios, Dionisio Escuredo, y la directora de servicios a la ciudadanía del colegio, Marisol Cuevas.
Dionisio Escudero ha expresado su satisfacción por la publicación de la guía deontológica, denominada «el abc de las relaciones cliente-abogado de turno». El director de deontología del ICAM ha destacado la significativa responsabilidad que recae sobre los abogados, especialmente desde la aprobación del actual Estatuto General de la Abogacía, que ha incrementado las obligaciones y sanciones para los letrados. Además, Escudero ha advertido sobre el aumento de responsabilidad que supone el proyecto de ley de derecho de defensa. Señaló que las quejas de los ciudadanos respecto a las actuaciones de los letrados del colegio son mínimas, menos del 1%, concretamente 1.167 quejas de 155.000 designaciones. De estas, solo 336 han resultado en expedientes disciplinarios. La mayoría de las quejas, según el director, son reclamos de ciudadanos por la falta de contacto directo con su abogado, lo cual considera inaceptable.
El decálogo del ICAM reconoce el derecho de los abogados de oficio a ser tratados con dignidad y respeto, a ejercer su profesión de manera independiente y libre de influencias externas que pongan en riesgo su integridad y ética profesional, preservando plenamente el secreto profesional que sustenta la confianza con el cliente.
Además, el decálogo establece el derecho de los profesionales del turno de oficio a recibir retribuciones justas por su trabajo y pensiones adecuadas para su jubilación, así como a ser tratados de manera equitativa y no discriminatoria en cuestiones tributarias. También aboga por una política de tolerancia cero hacia el abuso de autoridad y la utilización de expresiones denigrantes en las resoluciones judiciales, promoviendo que los abogados puedan evaluar a los órganos judiciales mediante informes públicos que reflejen la calidad y atención brindada.
Para mantener la excelencia en el servicio, se debe garantizar el acceso a formación gratuita y práctica para el turno de oficio, con formatos y horarios compatibles con el ejercicio profesional. Además, se promueve la inclusión de todos los medios de contacto en las hojas de designación para facilitar la comunicación con los justiciables.
Por último, pero no menos importante, el decálogo contempla la defensa del turno de oficio y la justicia gratuita frente a cualquier interferencia externa, comprometiéndose a interponer los recursos necesarios para preservar su integridad.
(Cinco Días, 05-02-2024)






