La Dirección General de Tributos (DGT), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha generado inquietud entre miles de pequeños empresarios y autónomos que emiten facturas mediante herramientas como Excel, ante la falta de claridad sobre si deberán adaptarse a las exigencias del sistema Verifactu.
A lo largo de 2025, y especialmente en varias consultas publicadas, las más recientes en octubre, la DGT no ha ofrecido una respuesta concluyente sobre la obligación de quienes utilizan hojas de cálculo para facturar de incorporar un sistema informático Verifactu. La normativa establece que deben cumplir estos requisitos los llamados sistemas informáticos de facturación (SIF), es decir, aquellos programas que permiten introducir datos, almacenarlos y tratarlos para generar otros resultados.
Esta definición ha sembrado dudas entre numerosos profesionales que emplean Excel o Word únicamente para introducir manualmente la información de las facturas, enviarlas a sus clientes -en formato físico o digital- y conservarlas, sin saber si esta operativa les obliga a disponer de un software específico adaptado a Verifactu.
En sus respuestas, la DGT señala que «no se puede determinar de forma concluyente» que estos contribuyentes estén sujetos a la nueva normativa, ya que las hojas de cálculo pueden incluir funciones de tratamiento y conservación de datos que podrían llevar a considerarlas como sistemas informáticos de facturación. En consecuencia, la aplicación de la norma deberá evaluarse individualmente, en función de las características concretas del programa utilizado y de si este procesa y almacena información de forma equiparable a un SIF.
En cualquier caso, Tributos recuerda que la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes una herramienta de facturación gratuita para facilitar el cumplimiento de la normativa. Cabe recordar que la entrada en vigor de la obligación de utilizar estos nuevos sistemas se ha aplazado: será exigible a partir del 1 de enero de 2027 para las empresas y desde el 1 de julio de 2027 para los trabajadores autónomos.
(El Economista, 09-02-2026)






