La mayoría de los cambios tributarios para el próximo año responden a la intención de «desatascar» los tribunales de Justicia

Quedan apenas unos días para que comience el nuevo año y, como ocurre habitualmente, el 1 de enero vendrá acompañado de la aplicación de diversos cambios fiscales que los contribuyentes conviene conocer para planificar mejor sus impuestos y evitar errores que puedan derivar en sanciones.

Todo ello, pese a que «2026 será un año con escasas modificaciones en el ámbito tributario», según explica a EXPANSIÓN Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas (CGE). A su juicio, la compleja situación política del Gobierno en el Congreso, sin una mayoría sólida, ha provocado una cierta paralización de la actividad legislativa durante 2025, una dinámica que previsiblemente se mantendrá a lo largo de 2026.

Aun así, con el arranque del nuevo ejercicio entrarán en vigor las pocas reformas fiscales y procedimentales que sí han logrado aprobarse recientemente. En su mayoría, se trata de medidas orientadas a simplificar los trámites administrativos y a reducir la carga de trabajo de los tribunales. Además, algunas empresas podrán beneficiarse de nuevas rebajas fiscales ya previstas en la normativa.

Junto a ello, siguen pendientes de definición varios aspectos que deberán aclararse en los próximos meses, especialmente en lo relativo a impuestos y tasas de ámbito local.

Indemnizaciones por despido. Desde el 1 de enero, las indemnizaciones por despido estarán exentas de tributar en el IRPF sin necesidad de que exista una resolución judicial. El objetivo de esta medida es aliviar la carga de los juzgados. De este modo, quedarán exentas las cantidades abonadas cuando intervenga un órgano de mediación, como el SMAC, al considerarse que no ha habido un acuerdo pactado, sin que sea obligatorio acudir a los tribunales, explica Gimeno.

Pensiones alimenticias a favor de los hijos. En la misma línea, las anualidades por alimentos satisfechas a los hijos tras una separación o divorcio dejarán de tributar en la declaración de la Renta a partir del próximo año. Bastará con que estén fijadas en un acuerdo validado por la Administración de Justicia, sin necesidad de una autorización judicial expresa, lo que permitirá agilizar procedimientos y reducir la saturación de los juzgados.

Indemnizaciones por responsabilidad civil. Como tercera novedad relevante en el IRPF para 2026, las compensaciones percibidas a través de un seguro de responsabilidad civil -por ejemplo, tras un accidente- no tributarán en la Renta cuando sea la propia aseguradora la que determine el importe de la indemnización, siempre que se trate de resarcir a terceros por daños causados, detalla el responsable del Reaf.

En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, el único cambio previsto para el próximo ejercicio es una nueva reducción de los tipos aplicables a pymes y microempresas. La reforma fiscal aprobada a finales de 2024 establece una rebaja gradual de la tributación de las empresas de menor tamaño hasta 2029. En 2026, las microempresas tributarán al 21% por los primeros 50.000 euros de base imponible y al 22% por el resto, hasta un límite de un millón de euros. Por su parte, las pymes -con una facturación de entre uno y diez millones de euros- aplicarán un tipo del 23%. En ambos casos, supone una reducción de un punto respecto a lo pagado en el ejercicio anterior.

Asimismo, el próximo año podría traer cambios relevantes en la aplicación de impuestos y tasas municipales, que variarán según el domicilio social del contribuyente. En primer lugar, Gimeno recuerda que deberán aprobarse por ley los coeficientes de actualización de la plusvalía municipal para 2026, un trámite obligatorio por norma.

Tras la controvertida implantación de la tasa de basuras, los expertos fiscales apuntan a que a partir de enero podrían introducirse modificaciones significativas, ya que numerosos ayuntamientos estudian ajustar el sistema de pago o aplicar nuevas bonificaciones. Un ejemplo claro es el Ayuntamiento de Madrid, cuyo alcalde, José Luis Martínez-Almeida, ha manifestado su intención de reformar esta tasa.

Por último, en materia de IVA no se esperan cambios de calado, salvo pequeños ajustes que afectarán principalmente al comercio electrónico, en el marco de la aplicación gradual del paquete normativo sobre el IVA en la Era Digital (ViDA), aprobado el pasado mes de marzo, concluye el secretario técnico del Reaf.

(Expansión, 17-12-2025)