La Seguridad Social pedirá trabajar más para la jubilación flexible, pero dará más pensión

El Ministerio dirigido por Elma Saiz ha propuesto aumentar el porcentaje mínimo y máximo de jornada parcial necesario para acceder a la jubilación flexible, elevándolo del actual rango del 25%-75% al 40%-80%. A cambio, los trabajadores recibirían un complemento adicional del 10% al 20% sobre la parte de pensión que puedan compatibilizar, en función de las horas trabajadas. Además, se incluye por primera vez a los trabajadores autónomos, que podrán acceder a esta modalidad con una prestación del 20%.

Con esta medida, el Gobierno busca completar el paquete de reformas destinadas a fomentar el retraso voluntario de la jubilación, facilitando el equilibrio entre salario y pensión. La propuesta más reciente del Ministerio de Seguridad Social consiste en reformar la jubilación flexible, que permite reincorporarse al mercado laboral tras jubilarse. Aunque esta opción ya existe, sus condiciones actuales la han vuelto poco atractiva.

En términos generales, la propuesta presentada a los agentes sociales contempla endurecer el requisito de jornada parcial exigida: ahora se exigiría trabajar entre el 40% y el 80% de una jornada completa. A cambio, la pensión compatible aumentaría con un extra del 10% o 20% según las horas trabajadas. Los autónomos también podrían acogerse a esta opción.

Para quienes ya están jubilados y deseen volver a trabajar, la propuesta estipula que la Seguridad Social abonará la parte restante de la pensión según la jornada laboral: si se trabaja el 40%, se recibe el 60% de la pensión; si se trabaja el 70%, se cobra el 30%. A este cálculo se sumaría un complemento adicional según las horas cumplidas: a mayor jornada, mayor será el incentivo económico.

El borrador contempla dos supuestos para aplicar estos complementos, siempre que la reincorporación se produzca al menos seis meses después de haber iniciado la jubilación: Jornada del 40%-60%: se suma un 10% adicional sobre la parte proporcional de la pensión. Por ejemplo, con una jornada del 50%, se recibiría un 50% de salario, un 50% de pensión y un 10% extra, es decir, un total del 60% de pensión. Jornada del 60%-80%: se añade un 20% adicional. Así, con una jornada del 80%, se recibiría un 20% de pensión más el 20% extra, totalizando el 40% de prestación. Si la jornada es del 70%, se cobraría el 30% de pensión más el 20% adicional, sumando un 50% de pensión.

Aunque esta nueva propuesta eleva las exigencias en cuanto al tiempo de trabajo, busca incentivar que se asuman jornadas más amplias con el atractivo de una mayor compensación económica. En cuanto a las cotizaciones durante esta etapa de jubilación flexible, seguirán siendo proporcionales a las horas trabajadas. Sin embargo, el nuevo modelo eliminará la posibilidad de que estas cotizaciones mejoren la base reguladora ni el cálculo de la pensión inicial. Según el borrador, «las cotizaciones realizadas durante la jubilación flexible no modificarán la pensión reconocida ni aumentarán el complemento por demora, en caso de que lo hubiera».

Igualmente, como hasta ahora, esta modalidad seguirá siendo incompatible con la pensión por incapacidad permanente relacionada con el mismo trabajo. No obstante, sí será compatible con la incapacidad temporal o las prestaciones por nacimiento y cuidado del menor.

Finalmente, se establece una incompatibilidad parcial con la jubilación demorada. Si el jubilado recibe el complemento por demora y vuelve a trabajar bajo esta modalidad, el tratamiento será distinto según la opción elegida: si escogió el porcentaje adicional del 4% anual, este se suspenderá mientras dure la compatibilidad; en caso de haber optado por el pago único o la fórmula mixta, directamente no podrá acceder a la jubilación flexible.

(Expansión, 18-06-2025)