Los bancos informarán a Hacienda hasta de los bizums que reciben los empresarios para evitar el fraude

Los bancos estarán obligados a informar a Hacienda de todos los pagos que reciban los empresarios a través de Bizum, independientemente de su importe, con el objetivo de combatir el fraude fiscal. El Ministerio de Hacienda, liderado por María Jesús Montero, está preparando un nuevo Real Decreto que eliminará el límite actual de 3.000 euros anuales a partir del cual las entidades financieras están obligadas a reportar estos pagos.

El borrador del decreto, sometido a consulta pública desde este miércoles hasta el 26 de diciembre, extiende esta obligación no solo a los bancos, sino también a las entidades de pago, las emisoras de dinero electrónico y cualquier institución financiera extranjera que opere en España. Por primera vez, estas entidades deberán informar mensualmente sobre los pagos recibidos mediante Bizum y tarjetas, sean de crédito, débito, prepago, virtuales u otras modalidades. Esto incluye, por ejemplo, un pago de tan solo 20 euros.

La futura norma requiere que las entidades detallen todos los ingresos mensuales de los autónomos y empresarios, especificando los métodos de pago utilizados. Según Hacienda, esta información permitirá un control más efectivo de posibles ocultaciones de ingresos, ajustándose mejor a los plazos de declaración del IVA.

Otra novedad de este decreto es la obligación de los bancos y entidades de pago de reportar anualmente los movimientos realizados con tarjetas de crédito, débito, prepago o virtuales, siempre que el total de los cargos y pagos supere los 25.000 euros al año. Esta obligación también se aplicará a entidades extranjeras que operen en España con clientes residentes.

Asimismo, el decreto modifica la periodicidad con la que las entidades deben informar sobre las cuentas corrientes de residentes en España, pasando de un reporte anual a uno mensual. Esto incluye datos sobre los titulares reales de las cuentas, los saldos a final de año y los saldos medios del último trimestre. Aunque ya existe la obligación de informar sobre préstamos, créditos y movimientos en efectivo de ciudadanos y empresas, el nuevo decreto amplía esta normativa a entidades de pago y emisoras de dinero electrónico. Sin embargo, se mantiene el umbral de 3.000 euros para reportar ingresos o retiros en efectivo.

Finalmente, el Real Decreto también incluye disposiciones para implementar el impuesto mínimo del 15% sobre las grandes corporaciones y multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros anuales. Este apartado regula aspectos técnicos del cálculo de la base imponible de las matrices y sus filiales, tanto en España como en el extranjero, y los ajustes que pueden aplicarse.

(El Economista, 05-12-2024)