Los jueces elevan un 9,3% la cuantía media de la indemnización por despido

El Ministerio de Trabajo inicia hoy las negociaciones con los agentes sociales para abordar una reforma de la indemnización por despido improcedente. En la actualidad, la ley establece una compensación de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, pero la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, pretende modificar este límite para que los jueces puedan ordenar compensaciones adicionales cuando existan daños o perjuicios específicos para el trabajador despedido.

Aunque la ley actual no contempla esas indemnizaciones extra, en la práctica ya se están produciendo aumentos por vía judicial. Entre enero y junio de este año, los tribunales dictaron más de 16.000 sentencias favorables a los trabajadores, con una indemnización media de 11.443 euros, lo que supone un incremento del 9,3% respecto al mismo periodo de 2025. Por comunidades autónomas, las mayores subidas frente al segundo trimestre de 2024 se registraron en Cantabria (41%), Navarra (41%) y Asturias (33%).

Estas cifras varían anualmente según el perfil de los trabajadores afectados, ya que el importe de la indemnización depende del salario y la antigüedad en la empresa. En términos globales, los valores se mantienen similares a los de 2023.

En los últimos años, algunos tribunales superiores habían empezado a conceder indemnizaciones adicionales para reparar daños derivados de despidos improcedentes. Sin embargo, el Tribunal Supremo puso fin a esta práctica el pasado mes de julio, al resolver que la Carta Social Europea no puede aplicarse para justificar esos incrementos, reafirmando el mismo criterio que ya había adoptado respecto a un convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Por este motivo, el equipo de Yolanda Díaz considera imprescindible reformar la legislación para alinearla con el dictamen del Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano dependiente del Consejo de Europa, que insta a España a permitir compensaciones que tengan en cuenta circunstancias personales del trabajador despedido, como su edad, cargas familiares, cambio de residencia o dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Este pronunciamiento fue consecuencia de las denuncias presentadas por CCOO y UGT, que ahora comparten con el Ministerio la intención de adaptar la normativa, aunque dentro de los propios sindicatos hay voces que alertan de que esta medida podría desincentivar la contratación de colectivos vulnerables.

Los sindicatos mayoritarios están preparando una propuesta conjunta para fijar su postura en la mesa de diálogo, basada en las demandas que ya elevaron al Comité Europeo. Una de sus principales reivindicaciones es recuperar los salarios de tramitación, que actualmente solo se abonan cuando la empresa opta por readmitir al trabajador o cuando el despido se declara nulo.

Estos salarios representan las retribuciones que el empleado habría percibido desde el despido hasta la celebración del juicio o su reincorporación a otro empleo. Los sindicatos reconocen que, dado el retraso judicial existente, esta medida podría incrementar considerablemente el coste del despido, aunque parte de ese gasto recaería en el Estado, que asume los procesos que superan los 90 días de duración.

Otra propuesta sobre la mesa es la creación de una indemnización mínima garantizada, que asegure un pago equivalente a varios meses de salario para los trabajadores con poca antigüedad. En este sentido, CCOO planteó en 2023 fijar ese mínimo en tres meses, mientras que UGT defiende que debería situarse en seis meses como base mínima de compensación.

(El Economista, 20-10-2025)